A prisión tres años por robar quince plantas de cannabis

Publicado por: Doctor Cogollo En: BLOG GENERAL El: Monday, 22 May de 2017 Comentarios: 0 Vistas: 1399

La Audiencia Provincial de León condenó a un varón a una pena de tres años de prisión, tras juzgarlos por un delito de robo con intimidación, acusado de hacerse con quince plantas de marihuana y una serie de efectos que eran propiedad de un conocido, al que amenazó con violar a su hija si lo denunciaba.

El fallo considera probado que el acusado , mayor de edad y sin antecedentes penales, en compañía de otras tres personas no identificadas, sobre las 23.00 horas del día 1 de julio de 2015, con el ánimo de obtener un beneficio económico ilícito, y con el pretexto de comprar marihuana, se presentó en el domicilio de la víctima y, tras discutir sobre el precio, le propinó dos puñetazos en la cara, acudiendo el acusado al interior del domicilio, donde se apoderó de 15 plantas de supuesta marihuana, dos sábanas en las que transportó las plantas, 610 euros en efectivo, un reloj Lotus, un ordenador portátil Asus, un televisor LG de 32 pulgadas, una cartera billetera, una cadena fina con colgante de oro, un cordón de oro con medalla y una alianza de caballero.

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Asimismo antes de abandonar el domicilio, el acusado puso una navaja en el cuello y señalando una foto de su hija, le dijo que si le denunciaba irían a por su hija, la violarían y matarían.

Como consecuencia de la agresión, el agredido sufrió lesiones consistentes en policontusiones en región facial izquierda, región nasal y fisura nasal, así como cervicalgia, precisando para su curación de una única asistencia facultativa, curando en 14 días, de los cuales tres fueron impeditivos para su actividad habitual, sin provocarle secuelas.

Por último se declara probado que los efectos sustraídos fueron tasados pericialmente en la cantidad de 1.311 euros, según la sentencia.

Se le condena como autor criminalmente responsable de un delito de robo con violencia o intimidación en casa habitada ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativa de la responsabilidad criminal, a la pena de tres años de prisión con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al abono de la costas procesales».

También se le condena como autor de un delito leve de lesiones, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena dos meses de muta a razón de diez euros de cuota diaria, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas.

El procesado deberá indemnizar con 1.921 euros a la víctima por los efectos y dinero sustraídos, 174 euros por los días de incapacidad derivados de las lesiones y 341 euros por los días de curación.

El condenado presentó un recurso de apelación que fue desestimado. Se sustentaba en un error del juez en la valoración de las pruebas practicadas pues, se dice, la declaración realizada por el denunciante es «inveraz e incierta», valoración a la que se puede llegar analizando la contradicciones en las que, según se señalaba en el escrito impugnatorio, habría incurrido aquel en el acto del juicio oral.

El recurso fue desestimado por considerar que la valoración del juzgador fue correcta a todas luces.

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